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- Escrito por Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
Fiscalidad alquiler de inmuebles
Ejercicio 2020 | Es igual a la del ejercicio 2011 (el IPREM se mantiene en 6.454,03 euros si son 12 pagas, y 7.519,59 sison 14 pagas). |
Ejercicio 2019 | Es igual a la del ejercicio 2011 (el IPREM se mantiene en 6.454,03 euros si son 12 pagas, y 7.519,59 sison 14 pagas). |
Ejercicio 2018 | Es igual a la del ejercicio 2011 (el IPREM se mantiene en 6.454,03 euros si son 12 pagas, y 7.519,59 sison 14 pagas), con la salvedad de que se ha suprimido la deducción por alquiler de vivienda habitual. |
Ejercicio 2017 | Es igual a la del ejercicio 2011 (el IPREM sube a 6.454,03 euros si son 12 pagas, y 7.519,59 sison 14 pagas), con la salvedad de que se ha suprimido la deducción por alquiler de vivienda habitual. |
Ejercicio 2016 | Es igual a la del ejercicio 2011 (incluso el IPREM es el mismo), con la salvedad de que se ha suprimido la deducción por alquiler de vivienda habitual. |
Ejercicio 2015 | Es igual a la del ejercicio 2011 (incluso el IPREM es el mismo), con la salvedad de que se ha suprimido la deducción por alquiler de vivienda habitual. |
Ejercicio 2014 | Es igual a la del ejercicio 2011, incluso el IPREM es el mismo. |
Ejercicio 2013 | Es igual a la del ejercicio 2011, incluso el IPREM es el mismo. |
Ejercicio 2012 | Es igual a la del ejercicio 2011, incluso el IPREM es el mismo. |
Ejercicio 2011 | |
Ejercicio 2010 | Es igual a la del ejercicio 2007, con la única diferencia de que el IPREM queda establecido en 6.390,13 euros si se cobran 12 pagas y en 7.455,14 si se cobran 14 pagas. |
Ejercicio 2009 | Es igual a la del ejercicio 2007, con la única diferencia de que el IPREM queda establecido en 6.236,86 euros si se cobran 12 pagas y en 7.381,33 si se cobran 14 pagas. |
Ejercicio 2008 | Es igual a la del ejercicio 2007, con la única diferencia de que el IPREM queda establecido en 6.208,80 euros si se cobran 12 pagas y en 7.236,60 si se cobran 14 pagas. |
Ejercicio 2007 |
Buenos días espero que puedas ayudarme :
En el 2006 compre una vivienda por la que me he estado desgravando durante todos estos años.
A partir de Agosto alquile mi vivienda por lo que entiendo que me podre desgravar por vivienda habitual hasta julio de 2015.
Entiendo que a partir de agosto podre deducir los gastos de IBI, factura de basuras, agua y la cuota de comunidad que son los gastos no incluidos en lo que cobro de alquiler al inquilino. Y además el seguro del hogar.
Asi que debo sumar todos los cobros de mensualidades que me ingresa en inquilino y restarle todos los gastos comentados anteriormente. Y de la cantidad que me dé ¿ me puedo desgravar algo? . El inquilino es mayor de 30 años.
Muchas graciasHola Sergio,
Sí, hasta julio de 2015 te puedes desgravar por ella como vivienda habitual, ya que realmente ha sido tu vivienda habitual.
A partir de agosto el beneficio es como dices, a los ingresos le quitas todos los gastos. Eso es lo que tienes que declarar.
Ya no hay beneficios fiscales a nivel nacional por el alquiler de vivienda, creo que en algunas comunidades hay algún tipo de ayuda, lo tendrías que mirar en la comunidad en la que vivas.
Saludos.¡Buenos días!
Espero que puedas ayudarme en la siguiente duda fiscal:
Tengo una vivienda en nuda propiedad. La usufructuaria falleció el 8 de enero de 2015. La tenía alquilada. He mantenido el alquiler a la misma persona durante todo el año 2015. En mayo y ante notario hice escritura de extinción de usufructo. Me costó alrededor de 2.500€ dicho acto. Mi pregunta es: ¿ Puedo descontar como gasto esa cantidad al declarar este año ese inmueble como alquilado en el apartado"otros gastos fiscalmente deducibles"?
Gracias anticipadas.
Un saludo
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