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- Escrito por Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
Fiscalidad ampliaciones de capital liberadas
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Buenas tardes. Como siempre, agradecer la labor que hacen desde aquí de apoyo y formación en educación financiera con los libros.
Tengo acciones de Telefónica y me ha avisado el banco de que van a hacer una ampliación de capital liberada en los próximos días. Me avisan de que el precio de compra de estas nuevas acciones es de 10,86€/acción si no recuerdo mal y mi precio medio de compra es de 11 y pico. La duda que me asalta es si me vale la pena comprar acciones en esta ampliación de capital o si es mejor quedarme como estoy.
Por otro lado, mañana empieza la declaración de la renta de 2014. Cobré unos 1800€ en dividendos el año pasado y parte de ellos en empresas extranjeras de Francia (retención en origen del 30%), EEUU (retención en origen 2,6%) y Reino Unido (retención en origen del 10%). En su día les pregunté y me indicaron que en la declaración se podría recuperar hasta el 21% en el caso de Francia y del total en aquellos países que la retención fuera menor que en España. ¿Sabrían decirme en qué casilla reflejo esto, es la 505? ¿Tengo que poner el importe total retenido o el cobrado neto, el bruto??
Saludos y gracias.Muchas gracias, Miguel.
Esta ampliación de capital no es liberada, porque hay que pagar por las nuevas acciones (10,84 euros).
Si inviertes a largo plazo creo que lo mejor es acudir a la ampliación de capital, porque la empresa es muy buena y el precio también lo es. Yo iría a esa ampliación de capital.
Si inviertes a medio plazo, o a corto, entonces depende de tu estrategia, puede haber casos en que sea mejor vender los drechos, pero en la mayoría de los casos creo qe lo más recomendable también es acudir a la ampliación de capital.
Tienes que ponerlo en la casilla 505, en este hilo se explica con detalle cómo rellenar esa casilla:
Cómo rellenar la casilla 505 para la doble retención de los dividendos de empresas extranjeras
Saludos.Buenas tardes.
Gracias por la respuesta. En cuanto a la declaración de la renta de 2014 y a la doble imposición de dividendos de empresas extranjeras, en la declaración este año veo que la casilla 505 corresponde a otra cosa y no encuentro por ningún lado ninguna que haga referencia a la antigua 505, por lo que lo he reflejado todo en la 23, ingresos brutos totales cobrados en dividendos y la rentención total, la de España más la practicada en empresas extranjeras. Es la única forma lógica que he visto revisando todos los campos de la declaración. No sé si será correcto así. Saludos y gracias.Hola Miguel,
La 505 del año pasado en 2015 (declaración de 2014) pasa a ser la 583.
Saludos.
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