- Categoría de nivel principal o raíz: Artículos de Bolsa
- Escrito por Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
Dividendos pagados en acciones en lugar de en efectivo
En la inmensa mayoría de los casos las empresas pagan los dividendos en efectivo, pero algunas empresas a veces sustituyen la entrega de la habitual cantidad en efectivo por una entrega de acciones de la propia compañía. Dependiendo del origen de las acciones que se entregan como dividendo pueden darse 2 situaciones:
1) Acciones procedentes de autocartera: Las acciones que se entregan como dividendo han sido compradas en el mercado durante los meses/años anteriores a su entrega a los accionistas. Esto supone una verdadera retribución al accionista, ya que al recibirlas el accionista aumenta el porcentaje de su participación en el capital de la compañía. Supongamos una empresa cuyo capital está compuesto por 1.000.000 de acciones. Si un accionista tiene 1.000 acciones su porcentaje en la empresa es el 0,10%. Si la empresa entrega 1 acción por cada 10 acciones que se posean el accionista del ejemplo pasa a tener 1.100 acciones. Como el número total de acciones de la empresa sigue siendo 1.000.000 el porcentaje del accionista pasaría a ser el 0,11%, con lo cual ha aumentado su patrimonio en un 10% (ha pasado de tener un 0,10% a tener un 0,11%). Antena 3 y Campofrío han sustituido el dividendo con cargo a los resultados de 2006 por la entrega de acciones procedentes de autocartera. Campofrío hizo una entrega de 1 acción por cada 24 que se tuvieran y Antena 3 hizo 2 entregas de acciones, cada una de ellas en la proporción de 1 x 48. La desventaja de esta forma de retribuir al accionista es que no se obtiene liquidez, y si se necesitan las rentas de los dividendos para afrontar gastos o realizar nuevas inversiones hay que vender las acciones recibidas en el mercado, lo cuál supone un coste superior al de cobrar el dividendo en efectivo. Como ventaja puede señalarse que la entrega de las acciones no está sujeta a retención de Hacienda como los dividendos en efectivo, aunque a la hora de hacer la declaración hay que incluir las acciones recibidas de forma similar a los dividendos en efectivo, y pagar la tasa correspondiente en cada momento.
2) Acciones procedentes de una ampliación de capital realizada expresamente para esta operación: Esta entrega no supone una verdadera retribución al accionista, sino un coste. Retomando las cifras del ejemplo anterior, el accionista seguiría recibiendo 100 acciones, pero el capital de la empresa pasaría a estar compuesto por 1.100.000 acciones, ya que la empresa habría creado 100.000 acciones nuevas para entregárselas a los accionistas. Por tanto, el porcentaje del accionista del ejemplo se mantendría en el 0,10%. Su trozo de tarta se mantiene exactamente igual, no aumenta después de recibir las acciones como sí pasaba en el caso anterior. Además, habrá tenido que hacer frente a una serie de comisiones (conversión de los derechos en acciones nuevas, venta de derechos sobrantes o compra de derechos para redondear la cifra de acciones a recibir, etc.) que le habrán supuesto un coste, pequeño, sin recibir nada a cambio. Telefónica realizó muchas operaciones de este tipo a finales de los noventa, durante la etapa de Villalonga como presidente de la compañía. Todas esas ampliaciones de 1 x 50 no supusieron más que un pequeño coste para los accionistas minoritarios; ni aumentaron su patrimonio ni su porcentaje en el capital de Telefónica. Si una empresa no puede o no quiere repartir dividendo debe reconocerlo y asumirlo públicamente, pero no debe intentar engañar a sus accionistas minoritario con operaciones de este tipo. En aquél momento se dijo desde la propia Telefónica y desde la mayoría de medios de comunicación y casas de análisis que esas ampliaciones eran una remuneración real porque el accionista que quisiera obtener efectivo podía vender los derechos que le correspondieran en el mercado. Esto es falso porque al vender los derechos se reduce el porcentaje del accionista que vende en el capital de la compañía. Cuando se cobra un dividendo real se recibe una cantidad de dinero en efectivo y además el porcentaje en el capital de la compañía se mantiene inalterado. Si alguien quiere obtener efectivo reduciendo su participación en una compañía puede hacerlo en cualquier momento y en cualquier cantidad vendiendo el número de acciones que desee en el mercado, sin necesidad de que la empresa haga una operación de este tipo. Aunque es cierto que le venta de derechos tiene ventajas fiscales sobre la venta normal de acciones, ya que la cantidad obtenida por la venta de los derechos tiene el efecto de reducir el precio al que se compraron las acciones originales, por lo que hasta que no se vendan dichas acciones originales no se tributará por la cantidad obtenida por los derechos. En caso de que las acciones originales no se vendan nunca no se tributará nunca por los derechos vendidos. Pero a pesar de esta ventaja fiscal debe quedar claro que vendiendo los derechos se está reduciendo el patrimonio.
En la Bolsa española hay 3 casos que merece la pena comentar aparte; Zardoya Otis, Faes y Abertis. Son 3 empresas saneadas que reparten dividendo todos los años y normalmente aumentan ese dividendo con respecto al año anterior. Su particularidad es que todos los años realizan una ampliación de capital liberada para entregar acciones nuevas, es decir, de las que no aportan ningún beneficio al accionista. En lugar de hacer esa ampliación podrían aumentar más el dividendo en efectivo de cada acción y el accionista se ahorraría el pequeño coste que supone acudir a la ampliación. Pero creo que en estos 3 casos hay una buena razón para estas ampliaciones, ya que el objetivo es aumentar la liquidez del valor. Por sus características son 3 empresas con un gran número de accionistas estables que mantienen sus acciones “para siempre”, y esto hace que tengan una liquidez (número de acciones que se compran y venden a diario en la Bolsa) reducida para su tamaño. Al hacer estas ampliaciones siempre hay algunos de estos acciones estables que venden sus derechos de suscripción y conservan las acciones que ya tenían, lo cuál tiene el efecto de aumentar la liquidez del valor. Si no se hicieran estas ampliaciones esos accionistas que venden los derechos es muy probable que no vendiesen ninguna de sus acciones. A cambio de un pequeño coste se aumenta la liquidez del valor y creo que el conjunto es beneficioso para los accionistas, aunque considero que la mejor opción para un inversor de largo plazo es acudir todos los años a dichas ampliaciones para mantener su porcentaje en la compañía.
Otro caso especial es el de algunas empresas europeas , como ABN AMRO o Royal Bank of Scotland entre otras, que cada vez que pagan un dividendo dan la opción de cobrarlo en efectivo o en acciones. Normalmente realizan una ampliación de capital para entregar las acciones nuevas a los accionistas que lo solicitan y también normalmente recompran un número de acciones equivalente al de la ampliación realizada para amortizarlas en los meses siguientes a la ampliación. El efecto es que el que decide cobrar en efectivo no ve reducido su porcentaje en la compañía (siempre y cuando la empresa realice la recompra y amortización de acciones en los meses posteriores) y los que deciden cobrar en acciones ven aumentado su porcentaje en la compañía. Ambas opciones son válidas y positivas, aunque el accionista español, y supongo que todo aquél que no resida en el país dónde dichas compañías tienen la sede (aunque esto depende la fiscalidad de cada país), debe tener en cuenta que si decide cobrar en efectivo tendrá una retención hecha por la Hacienda del país de origen y otra hecha por la Hacienda española. La de la Hacienda española es igual a la realizada en las acciones de la Bolsa española y no supone un problema mayor o distinto, pero la de la Hacienda extranjera no es fácil de recuperar. Dependiendo del país que se trate y de la situación fiscal de cada contribuyente esa rentención puede perderse (y de hecho es algo habitual) parcial o totalmente. Por eso si no se necesita liquidez y las acciones de la empresa no están exagerademente caras es una buena opción solicitar el cobro en acciones, ya que de esta forma se evita la retención de la Hacienda del país de origen, aunque no la de la Hacienda española.
Consulta aquí qué empresas tienen los inversores en sus carteras en las estadísticas de Invertirenbolsa.info
Nota: Recuerda que puedes preguntar todas las dudas que tengas sobre el contenido de este artículo en los comentarios que verás más abajo y te la responderé a la mayor brevedad posible. También puedes ver las dudas ya resueltas que han planteado otros usuarios. Y para cualquier duda sobre otros temas puedes utilizar el Foro de inversiones, e igualmente tendrás una respuesta lo antes posible.
Gracias por su respuesta, hay que considerad la acción de antena 3 como una accion liberada, que reduce el valor de la accione que la generan, un saludo
Hola Alvamonte.
Más o menos, sí. Es una forma un tanto extraña de hacerlo, a veces salen valoraciones muy "raras", pero es así como hay que hacerlo según las normas de Hacienda.
Saludos.Hola. Buenos días
Tres opciones me ofrecen como reinversión de dividendos de Telefónica.
1 Recibir nuevas acciones (no sujeto a retención fiscal) 1 acción/es por cada 34 derecho/s.
2 Recibir efectivo vendiendo derechos a TELEFONICA S.A. (con retención fiscal)
3 Recibir efectivo vendiendo derechos en el mercado (no sujeto a retención fiscal)
No sé que puede ser mas ventajoso o menos costoso, respecto de costes de venta, comisiones
Está claro que recibir efectivo vendiendo drechos en el mercado luego habrá que declararlo y sumara... O no?
GraciasHola Felix,
Si inviertes a medio o largo plazo, lo más cómodo (y generalmente más barato) es acudir a la ampliación de capital y coger las acciones.
Si vendes los derechos en el mercado no tienes que pagar por eso a Hacienda:
Fiscalidad de los script dividends
Pero si luego reinviertes ese dinero te costará un poco más en comisiones.
Saludos.Muchas gracias por todo, tus libros y esta estupenda web.
Mi duda sobre el tema del artículo "Dividendos pagados en acciones en lugar de en efectivo".:
¿El dividendo flexible forma parte de dividendos pagados en acciones en lugar de en efectivo? Entiendo que puedo elegir; pero, si elijo acciones ¿cómo las contabilizo en mi cartera? Serán dividendos reales si las vendo y en caso contrario no las puedo considerar dividendos. Por otra parte, el precio que me indica la compañía por acción ¿es el que debo utilizar para incorporarlo a mi precio medio?Buenas tardes.
Cuando se reciben acciones de autocartera o en una ampliación de capital, estas reducen el precio medio de las que se tenían y no tributan hasta su venta.
Mi duda es si hay que comunicar a Hacienda la recepción de esas acciones.
Saludos y gracias.Hola Paul,
Fiscalmente se tratan como dices, sí.
No tienes que comunicarle nada a Hacienda, no. Se lo comunican los brokers, y de hecho será Hacienda la que te comunique que tiene información de esas operaciones, así que tranquilo.
Saludos.Buenas tardes
Me podría ilustrar como queda el patrimonio de la empresa antes y después de pagar dividendos, tanto en efectivo como en acciones?
De antemano, muchas gracias!Hola Valiente.
Lo más fácil de ver es el caso del efectivo, que es el más habitual. En este caso antes de pagar el dividendo el dinero está en las cuentas de la empresa ("Efectivo y equivalentes"), y al pagarlo sale el dinero de ahí, y se reduce el importe de esa cuenta.
Si se pagan con acciones nuevas, entonces es una ampliación de capital que aumenta el capital social de la empresa.
Y si se paga con acciones de autocartera, entonces antes de entregar las acciones están en la cuenta de autocartera, y al entregarlas salen de esa cuenta.
Saludos.Pregunta para los expertos de verdad.
Tengo acciones de tencent. Me dan como dividendo acciones de jd.com.
¿Como tributaran las acciones de jd.com que reciba como dividendo cuando las venda?Hola Francisco,
Complicada la pregunta No he leído los documentos de esta operación. Si no ves que lo ponga expresamente, yo lo declararía como un spin off normal.
Por ejemplo, imagina que compraste 100 acciones de Tencent a 50, y ahora te dan 20 acciones de JD.
Lo que se hace es dividir 5.000 entre 120, y ese es el precio medio de todas:
5.000 / 120 = 41,67
Estos 41,67 serían tu precio de compra de Tencent, y también de JD.
Saludos.Gracias Gregorio,
¡eres un crack!De nada, Francisco
Hola!!
En el supuesto caso de que no haya cobrado los dividendos pero los agentes de bolsa me dicen que fueron distribuidos en acciones... se puede realizar una denuncia? y en el caso afirmativo, a quien?
Es para un trabajo de facultad, espero pueda ayudarme! Muchas Gracias!!Hola Micaela,
Te diría que esto es imposible. Como caso hipotético, tendrías que denunciarlo a la policía, y ese broker sería cerrado e ilegalizado.
Pero ya te digo que me parece un caso imposible de darse en la realidad (salvo algún país muy extraño, y sin ninguna seguridad jurídica).
Saludos.Excelente texto. Gracias por tu trabajo y didactismo. En los libros eres igualmente didáctivo e instructivo. Un gusto.
Sobre este tema, sin embargo, me queda una duda: si el dividendo a cobrar es inferior al precio de la acción, ¿el importe es acumulable a dividendos posteriores hasta reunir el importe total de una acción?
Un saludoMuchas gracias, Jose.
No se acumula, te lo pagan en efectivo.
Por ejemplo, tienes 10 acciones y en el dividendo en acciones te dan una acción por cada 20.
Lo que hacen en este caso es que te venden los 10 derechos que te tocan, y te ingresan ese dinero en efectivo en tu cuenta.
Y pasa lo mismo con los derechos que sobran. Por ejemplo, en ese mismo caso alguien que tenga 105 acciones y quiera cobrar en acciones recibe 5 acciones, y los 5 derechos que se sobran se los venden, y le ingresan ese dinero en efectivo.
Muchas gracias.Gracias por la pronta respuesta, Gregorio.
De nada, Jose
Muchas gracias, José María.
Los dividendos flexibles y similares no son dividendos de verdad, sino ampliaciones de capital. Tanto si coges las acciones como si vendes los derechos el efecto fiscal es que el precio de compra de las acciones que ya tenías se ve reducido, como en cualquier ampliación de capital liberada.
En ningún caso son dividendos reales (a no ser que la empresa amortizase acciones para compensar las que ha emitido, pero en este caso la fiscalidad sería la misma, la reducción del precio de compra de las acciones que ya tenías).
Las ampliaciones de capital liberadas no suponen ninguna remuneración
Saludos.
Comentarios (49)