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Fiscalidad dividendos flexibles, scrip dividends, Dividendos Elección y similares ejercicio 2013 (declaración que se presenta en Mayo-Junio de 2014)

Todas estas operaciones, que reciben estos nombres y otros similares en los que aparece siempre la palabra “dividendo”, no son dividendos, sino ampliaciones de capital liberadas. Con unas características especiales como la compra de los derechos de la ampliación de capital a un precio fijo por parte de la empresa, pero no por ello dejan de ser ampliaciones de capital.
El funcionamiento de estos dividendos flexibles, scrip dividends y similares lo tiene explicado con detalle aquí.
La fiscalidad es la misma que la de las ampliaciones de capital liberadas y la de los dividendos (aunque no sean dividendos), en función de la alternativa que elija cada inversor. Se puede elegir entre tres opciones:
    • Recibir las acciones nuevas: Esto es acudir a la ampliación de capital liberada, y tributa como tal. Es decir, si tenemos 1.000 acciones del BBVA compradas a 6,00 euros y en una de estas ampliaciones de capital liberadas recibimos 32 acciones, pasamos a tener 1.032 acciones compradas a 5,81 euros (6.000 / 1.032 = 5,81). Las 1.032 acciones son exactamente iguales, no hay ninguna diferencia entre ellas. Todas tienen como precio de compra 5,81 euros, y la fecha de compra de las 1.032 acciones es la fecha en que se compraron las 1.000 acciones originales. Por tanto, no hay ninguna diferencia entre las 1.000 acciones originales y las 32 acciones que recibimos en esta ampliación de capital.

    • Vender los derechos en el mercado: Esto tributa como la venta de derechos en cualquier ampliación de capital. Supongamos que vendemos los derechos a un precio de 0,10 euros, y que por esta operación el broker nos cobra una comisión de 5 euros. Recibimos por tanto 95 euros (1.000 x 0,10 – 5), y no tenemos ninguna retención de Hacienda por esos 95 euros que acabamos de ingresar. Seguimos teniendo 1.000 acciones, cuyo precio de compra ha bajado a 5,905 euros (6.000 – 95 / 1.000 = 5,905). No tenemos que pagar nada a Hacienda por esos 95 euros que hemos recibido, ni en el momento de recibirlos ni al hacer la declaración del IRPF. Lo que sucede es que nuestro precio de compra ha bajado, y cuando vendamos las acciones, si las vendemos, tendremos que calcular la plusvalía o minusvalía utilizando como precio de compra los nuevos 5,905 euros, en lugar de los 6,00 euros originales.

  • Vender los derechos a la empresa a un precio fijo: Esto es también una venta de derechos, y debería tributar como tal. De hecho, en las primeras operaciones que se hicieron de este tipo la tributación de esta opción era la misma que la de la venta de los derechos en el mercado. Pero Hacienda cambió su criterio, y actualmente esta alternativa tributa igual que un dividendo, aunque no lo sea. Es decir, en 2013 se paga entre un 21% y un 27%, con los primeros 1.500 euros exentos.
Nota: Si buscas la fiscalidad de otro ejercicio distinto a este puedes encontrarla en la sección de Fiscalidad de las inversiones

Consulta aquí qué empresas tienen los inversores en sus carteras en las estadísticas de Invertirenbolsa.info

Nota: Recuerda que puedes preguntar todas las dudas que tengas sobre el contenido de este artículo en los comentarios que verás más abajo y te la responderé a la mayor brevedad posible. También puedes ver las dudas ya resueltas que han planteado otros usuarios. Y para cualquier duda sobre otros temas puedes utilizar el Foro de inversiones, e igualmente tendrás una respuesta lo antes posible.




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  • Invitado - garallai

    Muchas gracias por la respuesta tan rápida. Duda aclarada!

    Un saludo

  • Hola lo primero dar las gracias por la respuesta anterior ;) tengo otra cuestion quizas no sea el sitio pero bueno voy a intentarlo. Entre en Aumar en el 1999 esta compañia reorganiza su negocio y aparece en escena Aurea esta a su vez se fusiono con Acesa creando Abertis el canje fue fijada en 2,163 acciones por cada acción de AUREA (93 acciones de ACESA por cada 43 acciones de AUREA).Mi pregunta es que precio tendran a dia de hoy los 300 titulos de Aumar que compre a 21.6 en el 1999,despues de tantas ampliaciones que hemos tenido durantes estos años,como podria calcular el valor de estas acciones.GRACIAS

    saludos

  • De nada Jose.

    El precio medio (suponiendo que no hayas hecho más compras, sólo acudir a todas las ampliaciones de capital que ha habido en estos años) de tus actuales acciones de Abertis es:

    Dinero que pagaste por las 300 acciones de Aumar / número de acciones de Abertis que tienes en la actualidad.

    Un saludo.

  • Hola de nuevo muchas gracias por la respuesta.

    Entonces haber si lo he entendido esos 300(tengo varias compras) titulos de Abertis representa el 74% de la inversion total que tengo empresa,el valor de los titulos lo obtendria:

    Dividiendo el valor que page por esos tituloa 300x21.6=6480/1188 que seria el 74% de los titulos del total de acciones que tengo de Abertis .Haber si me enterado:).

    saludos

  • Hola Jose.

    Sí, es así, lo has entendido correctamente.

    Saludos.

  • Hola a todos,
    tengo una pregunta que no le encuentro respuesta por aquí :

    y los 6 euros que me cobran para acudir a cada ampliación de Iberdrola , como los contabilizo ? Aumenta el precio de compra?
    y los 15 euros de mantenimiento de estas acciones los tengo que descontar de los beneficios después de venderlas?Gracias.
    Saludos.

  • Hola newllian,

    Los 6 euros de la comisión de la ampliación de capital son mayor precio de compra, sí. Igual que la comisión de compra de una operación de compra normal y corriente.

    Los 15 euros del mantenimiento de las acciones los incluyes cada año en la declaración del IRPF (en la misma casilla que pones los dividendos, que en la declaración de 2013 ha sido la 023). Estas comisiones reducen tu base imponible del ahorro, y por tanto reducen lo que tienes que pagar por los dividendos cobrados.

    Saludos.

  • Hola Gregorio, lo primero darte las gracias por esta ventana que nos abres a todos los inversores en bolsa. Desde que descubrí tu Blog he avanzado mucho en mi modo de operar en bolsa y desde otros puntos de vista que antes no me paraba a pensar tanto fiscales como precio-valor etc . Se ha terminado la época de hacer "trading" y dejar las ganancias al Broker y Hacienda mientras te quemas las pestañas en el ordenador. Tengo dos de tus libros que ahora han apartado de mi librería a los llamados " Daytrading ". Tus libros se han convertido en libros de cabecera que a todos mis amigos recomiendo encarecidamente y que es posiblemente una de mis mejores inversiones en valor. Gracias
    Bueno a raíz de el scrip dividends que va ha dar telefónica he visto la nota que manda a la CNMV con plazos y condiciones etc, en un apartado hace referencia a la fiscalidad y en el caso de comprar más derechos, dice algo asi "- el valor de adquisición, tanto de las nuevas recibidas como de las acciones de las que procedan, resultará de repartir el coste total entre el numero de títulos tanto antiguos como liberadas que corresponda -".
    Entiendo que sumaria los costes de compra de derechos a los costes de la compra de mis acciones (anteriores) y lo dividiría entre el total ( nuevas más las liberadas ) y el precio medio que obtenga es el precio al que tributaria de cara a su venta posterior.
    Así mismo la fecha a considerar sería la de la primera compra, ¿ me podrías confirmar si estoy en lo cierto?.
    Muchas gracias de antemano y seguiré disfrutando de tu Blog y de tus libros que se han convertido en una referencia para mi.
    Un saludo.

  • Muchísimas gracias, Sebi.

    En lo que comentas de los derechos hay 2 casos:

    1) El que comentas es el caso de que compras los derechos que te faltan para completar 1 acción. Ene este caso la ampliación es de 1 x 35. Imagina que tienes 370 acciones, con lo que te corresponden 10 acciones, y te sobran 20 derechos. Si compras 15 derechos para completar la acción número 11, esta acción número 11 es igual que todas las demás (las 370 que ya tenías, más las 10 que te han tocado), tiene el mismo precio de compra y la misma fecha de compra que todas. Lo que pagues por estos 20 derechos lo sumas a lo que pagaste por las 370 acciones, junto con todas las comisiones.

    2) Si compras más derechos, por ejemplo otros 7.000 derechos para tener otras 200 acciones (7.000 / 35 = 200), entonces esto es una compra independiente de la anterior. La fecha de esta compra será la del pago de las acciones, y el precio medio será el precio de compra de estos 7.000 derechos, más las comisiones.

    Gracias.

  • En mi caso, es el segundo ejemplo que has expuesto, quedas claro que de cara a su fiscalidad se consideran como compras diferentes a precios diferentes y en distintos plazos.
    Muchas gracias por resolverme la duda, me es muy útil.
    Un saludo

  • De nada, Sebi.

    Pues entonces. sí, es una compra independiente totalmente de las compras previas que hayas hecho en esa empresa.

    Saludos.

  • Buenas noches, magnifico post he empezado a seguir asiduamente vuestra pagina y me gustaría consultar una duda: ejemplo tengo 250 acc y acudo a un script de 1/39 p.ej,me corresponderían 6 acciones enteras y sobrarían 16 derechos. Compro en mercado 569 derechos mas y completo 15 acciones... En la primera compra tendría 250+6 o bien sumaria la séptima acción con sus coste de mas compra de derechos.
    Las que quedan entiendo van como una nueva compra en nueva fecha
    Son cantidades pequeñas,pero cuando empiezas a acumular un par de scripts al año,mas nuevas compras...no lo he visto claro en ningún sitio
    Y todavía no me las he"visto"con Hacienda...son a medio plazo y esperare mas
    Perdonad el tocho,thx

  • Jo.... Si esta bien explicado nl post anterior, completas la de los dchos sobrantes con los faltan,se suma coste y sigue kn las primeras compradas
    Y la de nuevos derechos aparte y kn su nueva fecha
    Mira q he leido...y si es mas grande me come.. Thx y os sigo

  • Hola,en el 2014 vendi unas acciones de telefonica en ellas tenia acciones procedentes de telefonicas moviles(movistar)esta compañia dejo de cotizar creo que por el 2006 por la absorcion de la matrid telefonica el canje creo que fue de 5 accioens de telefonica por 4 de moviles.Mi pregunta es a que precio de compra tengo que declarar esta acciones de telefonica proveniente de moviles,quizas al precio que compre las acciones de movistar

    saludos y gracias

  • Hola Jose,

    Supongamos que las acciones de Telefónica Móviles te costaron 5.000 euros.

    En el momento del canje te dieron 1.000 acciones de Telefónica.

    El precio medio de esas 1.000 acciones es de 5 euros (5.000 / 1.000).

    Es decir, divides lo que pagaste en su día por las acciones de Telefónica Móviles por las acciones de Telefónica que te dieron en ese canje, y ese es el precio de compra de esas acciones.

    Esto tendrías que ajustarlo por los scrip dividends, ¿sabes hacerlo? Si no sabes me lo dices.

    Pero si has vendido todas, entonces es mucho más fácil. Pones como precio de compra los 5.000 euros, como precio de venta 8.000 (lo que sea), y ya está, no hace falta que calcules el precio medio por acción.

    Saludos.

  • Hola muchas gracias por la respuesta esta claro y muy bien explicado como siempre,las vendi todas.

    saludos

  • De nada, Jose.

    Pues entonces haz sólo lo del último párrado, pones el importe de la compra, el de la venta, y no te entretengas en calcular el precio medio de compra ni ninguna otra cosa.

    Saludos.

  • Hola Gregorio, para empezar quiero agradecer la forma tan aclaratoria que utilizas para explicar este, a veces, complejo mundo.

    Tengo las cosas meridianamente claras pero albergo la siguiente duda:
    Poniendo como ejemplo un scrip dividend cualquiera, supongamos que:
    1º.- Tenía 1.000 accs. por las que pagué 10.000 € (1.000 accs. * 10 €) y me correspondieron 1.000 derechos.
    2º.- Acudo al mercado y compro 5.000 derechos por 5.000 € (5.000 dchos. * 1,00 €).
    3º.- Vuelvo a “ir” al mercado y vendo los 6.000 derechos (1.000 + 5.000) por 4.800 € (6.000 dchos. * 0,80 €), teniendo en cuenta que el precio del derecho ha disminuido.
    Tengo claro que la venta de los 1.000 derechos a 0,80 €, es decir, 800 €, disminuyen el valor de compra de las acciones, por lo que ahora el precio de las 1.000 accs. es de 9.200 € (10.000 - 800).

    Pero mi pregunta es ¿cómo declaro o qué debería hacer con las pérdidas de 1.000 € (5.000 dchos. * [1,00 – 0,80]) que me ha producido la venta de los restantes derechos.?

    Muchas gracias de antemano.

  • Muchas gracias, Pepe.

    Esa pérdida por los 5.000 derechos comprados en el mercado es como una pérdida en acciones.

    Igual que si compras 5.000 acciones por 1 euro y las vendes por 0,80 euros.

    Saludos.

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